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Vacunación de las gestantes frente a la Tos Ferina en Aragón

By 28 noviembre, 2015noviembre 30th, 2015No Comments

vacuna_tosferinaLa Dirección General de Salud Pública del Departamento de Sanidad del Gobierno de Aragón ha emitido una Circular sobre la vacunación frente a la Tos Ferina en el tercer trimestre del embarazo. Esta intervención se llevará a cabo a partir del 1 de diciembre de 2015.

Destacamos algunos aspectos de este circular:

Medidas a adoptar

  • Se administrará una dosis de vacuna dTpa entre las semanas 28 y 36 de gestación, e idealmente entre las 28 y 32 semanas de gestación. La vacuna se administrará en cada embarazo independientemente de su estado previo de vacunación.
  • No se administrará la vacuna antes de la semana 28 de gestación debido a la menor efectividad de la medida. – En el caso de mujeres que no hayan podido acceder a la vacunación antes de la semana 37 de gestación se les administrará la vacuna dTpa lo antes posible, siempre antes del parto, si bien es menor la efectividad de la vacunación en este periodo posterior. Esto sucederá principalmente en los primeros días tras la implantación de la medida. Posteriormente, se intentará que las mujeres no demoren su vacunación más allá de la semana 36, e idealmente de la 32. Estas instrucciones entrarán en vigor el 1 de diciembre de 2015.

Información adicional:

  • No existen comercializadas vacunas monocomponentes frente a tos ferina, por lo que es preciso emplear vacunas combinadas.
  • La vacuna se administrará por el personal de enfermería -incluyendo matronas donde se considere preciso- en Centros de Salud y sus consultorios, y centros de vacunación privados acreditados.
  • Con el fin de optimizar la organización de la campaña, las mujeres con doble prestación sanitaria – SALUD y consulta privada- deben vacunarse en el Centro de Salud que les corresponda. Los centros de vacunación privados acreditados, únicamente administrarán la vacuna a las mujeres con aseguramientos diferentes a la Seguridad Social (por ejemplo MUFACE, ISFAS o MUGEJU) y que no tengan al SALUD como prestador de servicios sanitarios.
  • A las mujeres que deban permanecer hospitalizadas durante el periodo ventana de la vacunación se les administrará la vacuna en el centro hospitalario.
  • Esta Dirección General, a través de las Subdirecciones Provinciales de Salud Pública suministrará las dosis necesarias a los Centros de Salud y Centros de Vacunación Privados Acreditados.
  • La vacuna y su administración serán gratuitas para los ciudadanos.
  • Se registrarán adecuadamente todas las dosis administradas, tanto en la Historia Clínica -OMI AP donde esté disponible- como en el documento de vacunaciones del adulto o documento similar que quedará en poder de la interesada.

Puede accederse a la circular desde este enlace: Circular vacunacion embarazada Pertussis 2015 11 27. También desde el SlideShare insertado bajo estas líneas.